Los bares y restaurantes de la provincia de Buenos Aires deberán incluir en sus cartas de menú una leyenda para advertir sobre los daños que puede causar a la salud el exceso de sal, además de ofrecer a los clientes sal dietética con bajo contenido de sodio.
Así, la ley 14.349, sancionada a fines de noviembre y publicada el mes pasado en el Boletín Oficial bonaerense, obliga a los restaurantes a alertar en sus menúes que "el consumo excesivo de sal es perjudicial para la salud" y a ofrecer "un producto light".
El incumplimiento de esta medida derivará en multas que van desde $ 300 hasta $ 5.000, previa advertencia de la autoridad de aplicación y, en caso de reincidencia, hasta 180 días de inhabilitación.
La norma establece que debe entenderse por sal dietética con bajo contenido en sodio, "las mezclas salinas que por su sabor (sin aditivos aromatizantes) sean semejantes a la sal de mesa (cloruro de sodio) y que no contengan más de 120 miligramos de sodio por cada 100 gramos de producto".
Cabe recordar que esta ley fue precedida por otra que dispuso el retiro de los saleros de la mesa de los restaurantes.
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Multas saladas
Los bares y restaurantes de la provincia de Buenos Aires deberán incluir en sus cartas de menú una leyenda para advertir sobre los daños que puede causar a la salud el exceso de sal, además de ofrecer a los clientes sal dietética con bajo contenido de sodio. El incumplimiento de esta medida derivará en multas que van desde $ 300 hasta $ 5.000.
FUENTE: multas-saladas
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