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Itapemirim

ANAC le prohibió a Itapemirim vender tickets aéreos

ANAC prolongó la prohibición de venta de tickets a Itapemirim, establecida en diciembre pasado, cuando se le suspendió el certificado de operador aéreo.

La ANAC de Brasil le prohibió a Itapemirim Transporte Aéreos reanudar la venta de tickets aéreos “hasta que la empresa acredite el cumplimiento de las obligaciones de reembolso, reubicación, información al pasajero, entre otras previstas en la legislación”, explica la dependencia en un comunicado.

ANAC reafirmó que “la decisión permanecerá vigente mientras la empresa no demuestre el cumplimiento de las acciones correctivas como la reubicación del pasajero, la devolución total del boleto aéreo a los consumidores que optaron por esta alternativa y la respuesta a los pasajeros sobre todas las quejas registradas en el Consumidor. plataforma gov.br (haga clic en el enlace para acceder), incluidos aquellos cuyo plazo de 10 días haya sido incumplido por la empresa”.

La propia ANAC recuerda que ni bien Itapemirim dejó de volar, se le suspendió el Certificado de Operador Aéreo (AOC) y también se le prohibió vender tickets. Sin embargo, la medida cautelar prolongan esa medida ahora. “Se deriva de las acciones de inspección colectiva permanente realizadas por la ANAC y sólo será revocada previa prueba del pleno cumplimiento de todas las obligaciones establecidas en la Resolución ANAC N°400/2016”, explica el texto.

“En relación a la reubicación de pasajeros perjudicados por la interrupción abrupta de las operaciones de Itapemirim, la empresa debe acreditar la oferta de alternativas de reubicación en vuelo de otras empresas, de ejecución del servicio por otro medio de transporte o de reembolso íntegro, a elección del consumidor. La empresa también deberá acreditar la realización de cualesquiera otros reembolsos debidos al consumidor como consecuencia del incumplimiento contractual verificado desde el inicio de la comercialización de los boletos aéreos”, continúa el comunicado.

“Con relación a los reclamos de los consumidores que hayan sido registrados o que puedan estar aún registrados en la plataforma Consumidor.gov.br, Itapemirim deberá probar la respuesta al consumidor, en el plazo de 10 días a partir de la fecha de registro de cada reclamo. La aerolínea también deberá utilizar los medios de comunicación disponibles y los datos de contacto proporcionados por los consumidores para responder las quejas que no hayan sido respondidas en el plazo de 10 días en la mencionada plataforma”, concluye el comunicado de ANAC.

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